Convocada en tiempo y forma, se informó sobre circular de
Régimen Interno, elaborada por el Departamento de Recursos Humanos, por medio
de la cual se daba plazo para que todos aquellos contratados laborales fijos y
funcionarios, con las categorías de auxiliar administrativo o administrativo,
manifestasen su voluntad de participar en un procedimiento de movilidad
provisional de puesto de trabajo.
En la misma se informó que este Comité de Empresa estaba al
tanto de la información del contenido de la citada Nota de Régimen Interno,
aunque algunos matices de la misma nos llevó a realizar objeciones sobre ella,
lo que hizo que se retirase la misma.
Como representantes de los trabajadores habíamos sido
informados de la voluntad del equipo de gobierno de resolver problemas
coyunturales que se estaban dando en algunos departamentos, donde la falta de
personal estaba provocando atascos en su trabajo diario. Este problema se une a
las consecuencias que el clima laboral vivido en el Ayuntamiento hasta hace
pocos meses, que no era el deseable ni el más apropiado para que los empleados
se sintieran motivados en el mismo. Por ambas partes se valoró como positivo
comenzar un proceso que favoreciese y motivase la movilidad interna,
necesitando antes proceder a una reorganización de toda la estructura
organizativa municipal que solucione problemas ya endémicos y que no afectan
solo a esta organización, sino a la mayoría de la Administración Local.
No obstante lo anterior, se es consciente que este tipo de
procesos requieren meses de trabajo y no dan solución a problemas coyunturales actuales, por lo que se valoraron opciones provisionales para ir solucionando los
mismos. Uno de los mayores problemas de la Administración Local son los
trabajadores interinos, más de una treintena en nuestro Ayuntamiento; que,
accediendo a su puesto de trabajo mediante las correspondientes pruebas
selectivas, llevan en algunos casos más de 10 años en esta situación.
Si bien este colectivo no puede participar legalmente de un
proceso de movilidad funcional, debido a su interinidad, no es menos cierto que
su condición debería haber sido resuelta por la Administración hace ya tiempo,
utilizándose en la mayoría de los casos su frágil condición para frenar sus
reivindicaciones laborales, como ha venido ocurriendo con más frecuencia de lo
deseable y lo permisible.
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